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TABLAS DE FACTURACIÓN: DEC.2423 de 1996

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Por el cual se determina la nomenclatura y clasificación de los procedimientos médicos, quirúrgicos y hospitalarios del Manual Tarifario y se dictan otras disposiciones.  S erá de obligatorio cumplimiento para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Pública. Las entidades privadas deberán aplicarlo obligatoriamente cuando se trate de atención de pacientes víctimas de accidentes de tránsito, desastres naturales, atentados terroristas, atención inicial de urgencias y los demás eventos catastróficos definidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. El presente documento recoge de manera estructurada las condiciones y lineamientos para la facturación de servicios médicos y quirúrgicos contemplados dentro del Sistema Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). TABLAS DEC.2423 de 1996